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Jubilación por Edad Avanzada |
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La finalidad de esta prestación es brindar cobertura aquellos afiliados de 70 o más ańos que tengan imposibilidad de acreditar los ańos de servicios exigidos para obtener una Jubilación (PBU, PC y PAP).
Consideraciones generales:
* El goce de la Prestación por Edad Avanzada es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal.
* No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones.
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